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La resolución, establece una inhabilitación de seis años para participar en procesos electorales.
Río Blanco, Ver.- El Tribunal Electoral de Veracruz impuso una de las sanciones más severas de los últimos años en materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPG), al determinar la responsabilidad del exalcalde de Río Blanco, Ricardo Pérez García, por actos cometidos durante su administración municipal.
La resolución, emitida dentro del expediente TEV-PES-6/2024, establece una inhabilitación de seis años para participar en procesos electorales, además del pago de una multa equivalente a 50 Unidades de Medida y Actualización (UMAS) y la obligación de acreditar cursos relacionados con derechos humanos, nuevas masculinidades y lenguaje incluyente.
El Tribunal consideró agravante la reincidencia del exfuncionario, situación que influyó en la determinación de la sanción.
Acreditan hostigamiento contra exsíndica
De acuerdo con la sentencia, se acreditó que durante su administración se desarrolló una serie de acciones dirigidas contra quien se desempeñaba como Síndica Única Municipal.
Entre los hechos documentados destacan el despido de personal adscrito a la oficina de la funcionaria, lo que limitó su capacidad operativa y de atención ciudadana, así como la negativa durante más de un año para entregar información relacionada con el inventario de bienes muebles e inmuebles del municipio, obstaculizando el cumplimiento de sus atribuciones legales.
La autoridad electoral concluyó que estas conductas constituyeron mecanismos de obstrucción y violencia política ejercidos desde el poder público.
Señalan difusión de mensajes misóginos
La resolución también señala que se acreditó la difusión de publicaciones en redes sociales con contenido considerado discriminatorio y misógino contra la exsíndica.
Según el fallo, los mensajes buscaban desacreditar su desempeño público mediante expresiones que cuestionaban su capacidad profesional y atribuían su llegada al cargo a factores ajenos a sus méritos, reproduciendo estereotipos de género que minimizan la participación política de las mujeres.
El Tribunal determinó que dichas acciones configuraron violencia simbólica al generar un ambiente de hostilidad, desigualdad y descalificación por razones de género.
Incumplió medidas ordenadas por el Tribunal
Como parte de las medidas de reparación y no repetición, la sentencia obligaba al exalcalde a difundir públicamente un resumen del fallo condenatorio.
Sin embargo, de acuerdo con lo resuelto por la autoridad electoral, dicha obligación no fue cumplida, por lo que se ordenó al actual Ayuntamiento de Río Blanco publicar la cédula de notificación y el extracto de la sentencia en los estrados del Palacio Municipal.
Desde el pasado 4 de junio, el documento permanece exhibido para consulta pública y continuará visible durante 30 días hábiles, conforme a lo ordenado por el Tribunal.
Precedente contra la violencia política de género
Además de la multa económica y la inhabilitación electoral, Ricardo Pérez García deberá acreditar capacitación especializada en materia de igualdad, derechos humanos y prevención de la violencia de género.
Especialistas consideran que la resolución representa un precedente relevante en Veracruz al reforzar los mecanismos de protección para las mujeres que ejercen cargos públicos y sancionar conductas que buscan limitar o menoscabar su participación política por razones de género.
La sentencia se suma a los esfuerzos institucionales para combatir la violencia política contra las mujeres y garantizar condiciones de igualdad en el ejercicio de la función pública.